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«A new step towards the construction of the legal framework for renewable energies»
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«Un nuevo paso en el marco normativo de las energías renovables»

Por las Dras. Ana Rognoni y Clara Picasso Achaval

ana@estudiomalis.com.ar / cpicasso@estudiomalis.com.ar

Mediante la ley 26.190 se declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público como así también la investigación para el desarrollo tecnológico y fabricación de equipos con esa finalidad. Dicha normativa fue oportunamente modificada por la ley 27.191.
En forma complementaria se aprobó el RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA y se reglamentó la creación del Fondo Fiduciario Público denominado «Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables» (FODER) cuyo fin es la financiación los proyectos de energías de fuentes limpias, con el objetivo de alcanzar las metas propuestas en energías renovables para el año 2025.
Luego, por medio del Decreto N° 882 de fecha 21 de julio de 2016 a fin de reducir los eventuales riesgos a los que podrían quedar expuestos los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables se facultó expresamente al ESTADO NACIONAL y al FODER para asumir obligaciones de pago y/o garantía con el fin de realizar un equitativo y eficiente reparto de riesgos entre aquéllos y el titular del proyecto de inversión, asignándolos a la parte que se encuentre en mejores condiciones de prevenirlos, asumirlos o mitigarlos.
Y, con la finalidad indicada y para lograr una mayor eficiencia y eficacia en el desempeño del FODER, se facultó a las partes del Contrato de Fideicomiso correspondiente a estructurar el FODER, asegurando que los bienes fideicomitidos que los integren no puedan aplicarse al pago de obligaciones distintas a las previstas en cada uno de ellos, garantizando la separación de los patrimonios para resguardar la correcta actuación del FODER en cumplimiento de sus fines.
En este marco, el dictado del decreto 471/2017 termina de estructurar el mecanismo por el cual el FODER tendrá aportes que serán destinados a las “Cuenta de Garantía” y la “Cuenta de Financiamiento” del FODER.
Y en este sentido la nueva reglamentación dispuso entre otras cosas que “Los recursos provenientes del Tesoro Nacional destinados al FODER que determine la Autoridad de Aplicación según se establece en este artículo, se depositarán, según lo determine la Autoridad de Aplicación conforme los objetivos a cumplir, en una cuenta fiduciaria del FODER destinada a financiamiento (conf. inciso 5), apartados a), b) y c) del artículo 7° de la Ley N° 27.191).”
Asimismo, se establece que si el FODER fuera estructurado conforme lo establecido en el artículo 11 del Decreto N° 882/16, los recursos provenientes del Tesoro Nacional podrán ser depositados o transferidos a las cuentas de tales diferentes fideicomisos.
La normativa también establece el procedimiento que deberá seguirse a estos efectos.
También regula el modo y requisitos para establecer el cargo especifico de garantía destinado exclusivamente a la Cuenta de Garantía del FODER, con el objeto exclusivo de garantizar las obligaciones contractuales asumidas por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, en los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica que celebre en los términos de la Ley N° 27.191.
Este aval del gobierno no solamente da la pauta que la política de energía limpia y sustentable es seria y de largo alcance, sino también que se garantiza que los emprendimientos en  la materia van a tener una garantía de funcionamiento y apoyo del estado en sus primeros pasos. Esto es algo sumamente interesante a tener en cuenta al momento de realizar una inversión relacionada con alguna empresa dedicada a la producción de energía limpia o a cualquier otro jugador de la cadena productiva, lográndose de esta forma que se consolide un nuevo paso en el camino de las energías renovables.

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