Por la Dra Axia Vazquez y el Dr. Cristian Maldonado
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Mediante la Resolución General N° 5052/2021, la AFIP prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2021 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares contra micro y pequeñas empresas inscriptas en el registro “MiPyMES”. La suspensión también abarca a los contribuyentes que desarrollen como actividad principal alguna de las actividades económicas enumeradas en el “listado de actividades afectadas en forma crítica” que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP.
Cabe señalar que la norma sigue excluyendo de la suspensión a los montos reclamados por el Fisco en concepto de aporte solidario y extraordinario e impuesto sobre los bienes personales.
La medida tiene como objetivo morigerar el impacto negativo de la pandemia sobre diversos sectores de la economía, preservar fuentes de empleo y generar las condiciones necesarias para la recuperación de la actividad productiva.