Por el Dr. Cristian Maldonado
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La mayoría de las empresas de un país desarrollado son las PYME (pequeñas y medianas empresas). También éstas suelen ser, entre los actores de la economía, las más vulnerables y por ello existen en nuestro país políticas públicas para darles apoyo, tanto financiero como económico.
La forma de considerar cuándo una empresa es PYME o no, radica en la mediación de un conjunto de variables que indicarían a final de cuentas, cuál es su capacidad económica, siempre teniendo en cuenta la actividad de cada una. Estas variables son: personal ocupado, valor de las ventas y valor de los activos aplicados al proceso productivo.
Así, siguiendo tales preceptos, se elabora en forma regular una escala que permite encuadrar en forma taxativa a toda empresa, ya sea como Micro Empresa, Pequeña Empresa, Empresa Mediana Tramo 1 o Empresa Mediana Tramo 2.
Recientemente la Secretaría de la Pequeña y Mediana empresa actualizó los montos que dividen estas aguas, de modo de no generar asimetrías y mantener la objetividad del sistema de asignación ante el proceso inflacionario que viene sufriendo nuestro país.
En efecto la resolución 519/2018, cuya última modificación había sido en el mes de marzo, establece los siguientes límites:
El índice para ser considerada Micro Empresa ascendió a $7.400.000 de facturación anual para la Construcción; $5.800.000 para Servicios; $19.800.000 para Comercio; $16.800.000 para Minería e Industria y $4.800.000 para la actividad agropecuaria.
Por otro lado, para ser considerada Pequeña Empresa los límites fijados fueron a $47.300.000 de facturación anual para la Construcción; $34.660.000 para Servicios; $119.200.000 para Comercio; $102.200.000 para Minería e Industria y $30.000.000 para la actividad agropecuaria.
En cuanto a las Empresas Medianas tramo 1 y 2 se fijaron los siguientes límites respectivamente: $378.900.000 y $568.300.000 de facturación anual para la Construcción; $289.000.000 y $402.800.000 para Servicios; $1.001.800.000 y $1.431.200.000 para Comercio; $829.900.000 y $1.212.800.000 para Minería e Industria y $228.900.000 y $363.100.000 para la actividad agropecuaria.
El promedio del alza fue en definitiva, para todas las categorías, de aproximadamente un 25% en comparación con la última modificación mencionada.
Por otro lado, cabe destacar que se han eliminado de los límites de activos relativos a los servicios de sociedades de cartera y se han agregado los servicios de transporte y almacenamiento para el sector industria y minería.
Más allá de la cuantía del aumento, la actualización de montos es atinada, pues de ello depende que muchas PYME puedan seguir accediendo sin distorsiones a los distintos beneficios e incentivos que existen y que actualmente se van agregando como política de estado para cada tipo de empresa.