Por el Dr. Cristian Maldonado
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Recientemente la AFIP estableció a través de la Resolución 4280 que quienes tramiten la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) deberán registrar en forma obligatoria un Domicilio Fiscal Electrónico como condición para obtener el alta en los impuestos y/o regímenes correspondientes.
La AFIP aclaró que a los efectos de la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico, se deberá ingresar al servicio denominado «Domicilio Fiscal Electrónico» del sitio web institucional utilizando Clave Fiscal, «debiendo además informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular”. Una vez realizado ese trámite, «los contribuyentes y/o responsables podrán autorizar, a través del servicio con Clave Fiscal Administrador de Relaciones, a una o más personas a acceder a las comunicaciones y notificaciones.
Para vincular la casilla de correo electrónico el contribuyente deberá iniciar sesión con la Clave Fiscal e ingresar dentro de la solapa “Mis correos”, seleccionar la opción “Crear” e informar el correo electrónico al cual el organismo enviará las alertas de las comunicaciones.
El Domicilio Fiscal Electrónico es un «sitio informático seguro, personalizado y válido, registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza». Por medio de este domicilio la AFIP podrá comunicar y notificar «las citaciones, requerimientos, liquidaciones, intimaciones, emplazamientos, avisos, anuncios, comunicados, etcétera, de cualquier naturaleza emitidos por este organismo», de acuerdo con la Resolución General.
El contribuyente quedará notificado el día en que abre el documento o de lo contrario, se considera notificado de oficio el lunes posterior a que la comunicación esté disponible en el servicio, lo que suceda primero.
Sin perjuicio de la obligatoriedad para todos los contribuyentes, se establecieron una serie de excepciones, la de los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, y aquellos que residan en localidades de menos de mil habitantes.
Estas medidas así como también la imposición de la obligación de emitir facturas electrónicas en forma paulatina a todas las categorías de monotributo, y la centralización de datos bancarios, están alineadas con la modernización y el control de la evasión, pretendiéndose una mayor y más eficiente recaudación de impuestos. Como en muchos casos aplican excepciones, siempre es mejor contar con el consejo de un abogado especializado en la materia, para aprovechar ventajas o para no tener sorpresas.