«Corte Suprema: otro fallo laboral revocado»
5 agosto, 2019Reunión de trabajo con colegas de Lee&Co -firma líder del mercado coreano- y nuestros socios en The Legal Alliance of the Americas #IBA2019.
23 septiembre, 2019
Por los Dres. Sergio Malis y Antonella Carucho
sergio@estudiomalis.com.ar / acarucho@estudiomalis.com.ar
La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, mediante el dictado de la Disposición 663/2019, institucionalizó, el martes 27 de agosto, la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor, la que puede ser consultada en https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/disposici%C3%B3n-663-2019-327221/texto
Esta nueva medida, otorga al consumidor y/o usuario la facilidad de que, ante el incumplimiento en el marco de la contratación de consumo, el consumidor pueda en forma gratuita y casi en tiempo real, realizar la correspondiente denuncia y/o reclamo desde una computadora o un teléfono celular, sin tener que movilizarse hasta las oficinas del regulador, quedado a la espera de las indicaciones que le serán suministradas desde la administración, a los fines de tratar el tema y resolver la controversia planteada.
La citada Resolución prevé que la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor tendrá por finalidad promover y facilitar la interposición y el tratamiento de las quejas y los reclamos de los consumidores y usuarios de todo el país, a efecto de su tratamiento, con base en las previsiones de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240 y normas reglamentarias, ello sin perjuicio de dejar también operativas el resto de las diversas modalidades, vías, mecanismos y canales previos utilizados para la defensa de los consumidores que continúan vigentes a lo largo de todas las jurisdicciones.
Establece asimismo la Resolución comentada que la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor tendrá como objetivos adicionales a los antes reseñados:
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Registrar a los fines estadísticos los reclamos interpuestos por los consumidores, ello a fin de obtener la información correspondiente a la problemática real que afecta a las relaciones de consumo y así poder implementar las medidas pertinentes para eliminar las prácticas desleales y nocivas, tanto para los consumidores como para el mercado.
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Servir, en base a la información que podrá obtenerse a partir de la implementación de este canal, al diseño y ejecución de todas aquellas medidas que tiendan a mejorar la protección de los consumidores y usuarios del país.
Se prevé asimismo la posibilidad de suscribir convenios de colaboración con los distintos sectores de la sociedad civil, y organismos tanto público como privados, ello con la finalidad de mejorar y optimizar las actividades de la plataforma y del propio sistema de la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor.
En miras de alcanzar la implementación a nivel nacional de este nuevo régimen, es que el Gobierno Federal, invitó a las provincias a adherir al régimen de la de la Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor, punto que estimamos resultará de vital importancia a los fines de alcanzar los objetivos que han sido tenidos en mira a la hora de diseñar e implementar este nuevo canal.
Por lo que deberá esperarse a la recepción que dicha adhesión tenga en las distintas jurisdicciones del interior del país, para analizar el alcance y logro de los objetivos propuestos por el Organismo Regulador al implementar este nuevo régimen.
Asimismo estimamos que de lograrse una alta adhesión de las provincias en la implementación de este nuevo canal, el mismo resultará en un mecanismo que, de funcionar en óptimas condiciones y con el alcance previsto en la normativa, permitirá a las autoridades obtener la información necesaria y alcanzar estadísticas confiables a fin de definir las políticas públicas a nivel nacional que considere necesarias a los fines de proteger tanto los intereses de los consumidores y usuarios, como así también del mercado todo.