«Compliance: Nuevo Proyecto de Ley Penal Empresaria»
17 noviembre, 2017
«Cambios importantes para accionistas de Sociedades Off-Shore»
30 noviembre, 2017

«Apuntes sobre la reforma laboral»

Por los Dres. Ana Rognoni y Javier Casartelli

ana@estudiomalis.com.ar / jcasartelli@estudiomalis.com.ar

Con el resultado de las elecciones a su favor, el Presidente Macri, decidió encarar una serie de reformas estructurales a nivel país, en lo que denominó una etapa de “reformismo permanente”.
Además de las reformas a nivel previsional y tributaria, el Poder Ejecutivo preparó un proyecto de ley en materia laboral. Al igual que en Francia y Brasil, este año, la Argentina encara un nuevo etapa en esta materia.
Este proyecto elaborado por el Poder Ejecutivo busca reformar la Ley de Contrato de Trabajo. Dicha ley regula de manera general de las relaciones entre empleadores y trabajadores,  y se complementa además con los convenios colectivos de trabajo que regulan  condiciones particulares a cada actividad.
El proyecto de reforma, a la ley de contratos de trabajo que entró al Senado, cuenta con los siguientes puntos destacados:
– Se reduciría el plazo para que el empleado pueda iniciar un juicio contra su actual o ex empleador de dos a un año. Esto significa que deberá ejercerse con más rapidez el derecho o perderse definitivamente la posibilidad de hacerlo.
– Se aumentaría la licencia por paternidad de 3 a 15 días, sin perjuicio que se mantendría de igual forma a la regulada hoy en día respecto a la licencia por maternidad siendo ésta de noventa días, cuarenta días antes al parto y cuarenta y cinco posteriores al mismo.
– Se crearía una figura intermedia entre el trabajador en relación de dependencia y el trabajador autónomo.  Se lo considerara “Autónomo Dependiente” cuando una persona realiza una actividad para otra y éste represente hasta el 80% del total de su ingreso.
– Se abriría una etapa para registrar trabajadores “informales”, con reducción parcial o total de las multas a pagar. Si el blanqueo se hace dentro de los primeros 180 días de la nueva ley, habrá un descuento del 100% en deudas, intereses y multas. Si en cambio se hace en la segunda mitad del año, el descuento será del 70%.
– Se modificaría la forma de calcular la indemnización por despido; los despidos sin causa mantendrán una metodología de pago similar a la que existe en la actualidad. Las empresas deberán pagar el equivalente a un salario por año, tomando como referencia el mejor haber registrado en los últimos 12 meses, más las horas extras si fueran corrientes, el proporcional mensual del aguinaldo y los premios, siempre que estos últimos sean una práctica habitual de la empresa.
El Poder Ejecutivo pretende tener aprobada la reforma para antes de fin de año, pero faltando cuarenta días para que finalice el mismo, las negociaciones en senadores y diputados tendrán que hacerse contra reloj.
Si bien los principales puntos de las misma ya han sido negociados con la CGT – la principal central obrera a nivel nacional- no se descarta que dicho proyecto sufra algún que otro cambio para ser aprobado en ambas cámaras.
Con este proyecto, el gobierno quiere demostrar su firme convicción de que la reactivación debe comenzar con cambios fundamentales en la plataforma de derechos relacionados al trabajo. El desafío es poder imponer ese cambio sin generar una crisis que lleve todo a un estado de neutralización, como ya ha sucedido en otras oportunidades.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *